El Tribunal Supremo fija las consecuencias económicas de la nulidad de las Cláusulas que imponen los gastos hipotecarios a los consumidores.
Deberán devolver el 100% de los Gastos de Tasación, 100% de los Gastos de Gestoría y 100% de los Gastos de Registro de la Propiedad.
Evidentemente, en caso de incumplimiento voluntario por las entidades bancarias, deberá iniciarse una reclamación judicial para que sea el Juzgado quien obligue a dichos efectos restitutorios.